A partir del 1 de octubre se podrá solicitar el cambio de domicilio electoral
Quienes deseen cambiar su domicilio electoral podrán solicitarlo desde este sábado con su Clave Única en el sitio web de Servel. Las solicitudes presenciales se podrán realizar a partir del lunes 3 de octubre en las Direcciones Regionales de Servel y oficinas de ChileAtiende.
“A partir del sábado 1 de octubre, se reabre el Registro Electoral, que se encontraba cerrado desde el 1 de mayo del presente año, con el objetivo de elaborar el padrón electoral para el Plebiscito pasado. Esto posibilita que los electores que lo necesiten actualicen su domicilio electoral”, explicó el Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Servel, Andrés Tagle, en una actividad realizada este viernes con los medios de comunicación, acompañado de la Directora Nacional (s), Elizabeth Cabrera.
En la ocasión, Tagle destacó la relación que existe entre la calidad de los datos del domicilio electoral y la asignación de un local de votación cercano, llamando al electorado a realizar un correcto ingreso de su región, comuna, calle y número. “La actualización de los domicilios electorales debe ser una iniciativa de los electores. Es muy importante que lo hagan desde mañana y lo antes posible. No sabemos cuándo puede haber una nueva elección o plebiscito. En el parlamento se está negociando esa posibilidad. Legalmente una elección obliga al cierre del registro electoral para elaborar los padrones 140 días antes de la fecha que se acuerde y se fije, por tanto, no sabemos hasta cuando se podrán hacer los cambios de domicilio”, indicó Andrés Tagle.
El Presidente del Servicio Electoral agregó que la revisión y solicitud de cambio del domicilio electoral es especialmente relevante para quienes tuvieron problemas con la georreferenciación en el plebiscito pasado. “Corregir el domicilio electoral es fundamental para ser asignado a un local cercano. En esta ocasión, además Servel ha innovado, incorporando la opción de que los electores revisen la geolocalización del nuevo domicilio electoral que están declarando”, explicó.
La solicitud de cambio de domicilio electoral no es un trámite permanente. Sólo se puede realizar en periodos no electorales: desde el primer día hábil del mes siguiente en que se haya realizado una elección o plebiscito y hasta 140 días antes del próximo evento electoral. Esto permite la creación del padrón electoral, que debe ser auditado por una empresa externa y puede ser reclamado ante la Justicia Electoral por las ciudadanas y ciudadanos que se sientan afectados.
Durante el último periodo de cambio de domicilio electoral, desde el 1 de enero y hasta el 1 de mayo de 2022, fueron 951.019 los electores y electoras que solicitaron dicho trámite. Un 96,5% de esas solicitudes fueron realizadas vía web, con Clave Única.
“En este periodo el Servicio Electoral no solo aplica los cambios de domicilio solicitados por el electorado, sino que también aquellos que se producen de la interacción con diferentes instituciones que entregan la información necesaria para contar con un Registro Electoral actualizado, tales como, Poder Judicial, Servicio de Registro Civil e Identificación, Servicio de Migraciones y la Policía de Investigaciones”, agregó el Presidente de Servel, detallando que algunas de las informaciones que deben procesarse e integrarse al Registro Electoral a partir de este sábado son:
La inscripción de nuevos electores. Recordemos que se la ley indica que se inscriben automáticamente al cumplir los 17 años, pero que se encuentran habilitados para sufragar a partir de los 18.
Inscripción de nuevos electores extranjeros que cumplan los 5 años de avecindamiento.
Cambios de domicilios electorales. Esperamos que exista una fuerte demanda para beneficiarse de la georreferenciación y de que, en cada proceso electoral, se le asigne un local de votación cercano.
Sacar del Registro a quienes hayan fallecido después del 1 de mayo de 2022, en consideración a la información que entregue el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Actualizar condenas y pérdidas del derecho a sufragio, así como el término de condenas y absoluciones en procesos judiciales.
Actualizar cambios de nombre y sexo.
¿Por qué es importante mantener el domicilio electoral actualizado y escrito de la forma correcta?
Los locales de votación son asignados, desde el Plebiscito Constitucional, según la georreferenciación de los domicilios electorales. Los electores deben mantener su domicilio electoral actualizado y con un correcto ingreso de los datos (nombre de la calle, comuna y numeración bien escrita), ya que es la información en base a la que el Servicio Electoral puede asignar un local de votación cercano a cada elector.
¿Qué es el domicilio electoral?
El domicilio electoral es el situado dentro de Chile, con el cual el elector tiene un vínculo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.
¿Qué pasa si se declara un domicilio electoral con el que no se tiene un vínculo?
Quien proporcione datos falsos o un domicilio electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, suplante a otra persona, arriesga una pena de reclusión menor en su grado mínimo y una multa de diez a cien unidades tributarias mensuales, según lo indicado por el artículo 54 de la ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral.
¿Cuándo sabré si mi solicitud de cambio de domicilio electoral fue aceptada?
Al tratarse de un trámite de solicitud, la aceptación se ve reflejada en la Consulta de Datos Electorales luego de 20 a 25 días hábiles.
¿Cuáles son los canales de atención presencial?
Direcciones Regionales Servel, Registro Civil (SRCeI, al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral), ChileAtiende, Consulados y pasos fronterizos (PDI).